Las instituciones competentes de ambas Partes Contratantes podrán establecer, por medio de Acuerdos Complementarios, medidas para la aplicación del presente Convenio.
Artículo 12 Aplicación del Convenio
Las instituciones competentes de ambas Partes Contratantes podrán establecer, por medio de Acuerdos Complementarios, medidas para la aplicación del presente Convenio.